El Congresista Fabian Diaz interpuso una acción popular contra el ministerio de Defensa y la Policía Nacional solicitando prohibir la utilización de caballos por parte de la fuerza pública durante las marchas de protestas en el país. En múltiples oportunidades los caballos que son expuestos en los disturbios como medio de disuasión resultan heridos por objetos contundentes o cortopunzante.
La Procuraduría General de la Nación respaldó la acción popular del Senador Fabian Diaz solicitando a los magistrados del Tribunal Administrativo de Cundinamarca fallar a favor y así garantizar que los equinos no sufran un dolor innecesario producto de las protestas.
Para el Senador Fabian Diaz exponer a las Unidades de Caballería de la Dirección de Carabineros en las marchas representa un acto de maltrato animal que pone en riesgo la salud y vida de los caballos. En su acción popular enfatiza la importancia de proteger a los caballos tanto de los enfrentamientos directos con los manifestantes como de la afectación a la salud que sufren los equinos al someterse a los gases lacrimógenos y las granadas aturdidoras utilizadas por la policía, debido que la sensibilidad auditiva de estos animales es mayor que a la de los humanos. Los Caballos son capaces de captar sonidos en un rango entre 55 Hz y 33,5 kHz, mientras que el ser humano sólo detecta sonidos que están dentro del rango de los 20 Hz a los 20 kHz, ocasionando que los ruidos extremos produzcan en estos animales respuestas conductuales como híper excitación y angustia.
Cabe destacar que la ley 1776 de 2016 obliga al Estado a proteger a los animales y prohíbe causarles de cualquier tipo de sufrimiento.
“Es un evidente acto de maltrato y crueldad animal, lo cual es a todas luces reprochable, más aún cuando proviene por parte de las instituciones del Estado, las cuales son las primeras llamadas a luchar contra el padecimiento de los animales y a su vez tienen el deber de proteger y asegurar el bienestar de los mismos, especialmente de aquellos que se encuentran a su cargo”, se puede leer en la acción interpuesta por el Congresista Fabian Diaz.
La Procuraduría respaldó la acción popular argumentando que se debe acoger el principio de precaución, asegurando que la Dirección de Carabineros no tiene funciones ni mecanismos antidisturbios, su labor debe estar dirigido a actividades de acompañamiento y seguridad en zonas rurales.